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Tribunal amonesta a Del Moral y al PRI por acarrear niños a mitin

También rechaza sancionar a Delfina Gómez por la expresión “ya saben quien”, que utilizó en la precampaña y que el PRI buscaba censurar en el futuro

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Tribunal amonesta a Del Moral y al PRI por acarrear niños a mitin




15 de marzo 2023


El pleno del Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM), resolvió sancionar con una "amonestación" a la candidata de la coalición PRI-PAN-PRD y Nueva Alianza, Alejandra del Moral por el acarreo de menores a un mitin celebrado en Metepec el pasado mes de febrero y del que existen videos públicos, en los que se observan estudiantes uniformados acarreados al evento con todo y maestros.

Los magistrados determinaron en relación al expediente PES/33/2023, que la candidata y el PRI, los dos actores denunciados por Morena ante el tribunal, vulneraron derechos de la niñez.

El partido político Morena denunció a Paulina Alejandra del Moral Vela, así como al Partido Revolucionario Institucional (PRI), "por culpa in vigilando, derivado de la vulneración al interés superior", señala el inicio de la sentencia. Al analizar el caso, el Tribunal Electoral determinó que "existen conductas que atentan contra el interés superior de los menores de edad, en un evento proselitista de los denunciados y al no contar con la documentación de consentimiento de los padres, se amonesta públicamente a los denunciados".

En cuanto al recurso especial sancionador PES/34/2023, el PRI denunció a su vez a MORENA y Delfina Gómez Álvarez, en su carácter de precandidata única del referido partido político a la gubernatura del Estado de México, por haber usado la expresión “YA SABES QUIEN”, presuntamente asociada al Ejecutivo Federal.

Al analizar el caso, los magistrados declararon inexistente la conducta reclamada, toda he que se pedía prohibir a la candidata usar dicha frase como propaganda. "Suponer que la sola frase “ya sabes quién”, conlleva de manera absoluta e inexcusable una referencia al presidente de la República y que, por tanto, en ningún momento y bajo ningún supuesto se pueda emplear en la propaganda electoral, supondría un ejercicio de censura previa que se encuentra prohibido por nuestro marco constitucional y convencional", señalaron en su resolución.

Por otra parte, en relación con el PES/31/2023 y PES/52/2023, acumulados de los partidos PRD y PAN contra el Verde Ecologista de México(PVEM), Morena y Delfina Gómez Álvarez, por presuntos actos anticipados de campaña derivados de la celebración de un evento organizado y dirigido a los militantes y simpatizantes del PVEM, también se declaró la inexistencia de los actos reclamados toda vez que dicho instituto político no la registró como precandidata al momento de los hechos.

"Se determinó que del análisis al evento organizado y dirigido a los militantes y simpatizantes del Partido Verde Ecologista de México, no se desprende la existencia del elemento subjetivo, pues no se constató que los mensaje emitidos en dicho evento, de forma manifiesta, abierta y sin ambigüedades, haga un llamamiento al voto, a favor o en contra de una persona o un partido con la finalidad de obtener una candidatura al exterior del dicho instituto político, de ahí la inexistencia de los actos denunciados", indico el TEEM.

Cabe señalar que estás fueron las primeras resoluciones importantes que se dan en el marco de la competencia por la gubernatura del Edomex. Recién los partidos más fuertes anunciaron que han promovido en conjunto cerca de 60 recursos.

Staff Redacción




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