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Establece IEEM procedimiento para resguardo de material electoral

Se deberá garantizar que tanto las bodegas de resguardo de documentación electoral, como en las de depósito de material electoral, cuenten con las condiciones óptimas de equipamiento, funcionalidad y seguridad

 

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Establece IEEM procedimiento para resguardo de material electoral



1 de febrero de 2021

Con el objetivo de garantizar que las bodegas de resguardo y depósito cuenten con las condiciones óptimas de acondicionamiento, equipamiento y seguridad para el resguardo de las boletas, la documentación electoral y depósito de los materiales electorales, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), aprobó el protocolo para la verificación y equipamiento de las mismas.

En el documento desarrollado por la Dirección de Organización, denominado “Procedimiento para la Verificación del Acondicionamiento y Equipamiento, tanto de las Bodegas de Resguardo de Documentación Electoral, en las instalaciones de las Juntas Distritales y Municipales Electorales, como de las de Depósitos de Material Electoral en las instalaciones de las Juntas Municipales Electorales del Instituto Electoral del Estado de México para el proceso electoral 2021” se establecen las características, condiciones, parámetros y etapas necesarias para el acondicionamiento y equipamiento.

El procedimiento se integra entre otros aspectos de los objetivos generales y específicos en los que se menciona que se deberá garantizar que tanto las bodegas de resguardo de documentación electoral, como en las de depósito de material electoral, se cuente con las condiciones óptimas de equipamiento, funcionalidad y seguridad, previo y posterior a la Jornada Electoral del próximo 6 de junio de 2021.

Asimismo, el procedimiento se basa en un marco normativo, así como de generalidades sobre la verificación de los espacios destinados para el resguardo del material, y también cuenta con un apartado de criterios para el acondicionamiento y el equipamiento de las bodegas de resguardo de documentación electoral y depósito de materiales electorales.

En los criterios se especifica que debe haber espacio suficiente, contar con las condiciones de seguridad que eviten que algún documento o material sea dañado, cortado, sustraído o alterado durante su almacenamiento; así mismo, cada Consejo deberá contar con las políticas necesarias para que únicamente el personal autorizado pueda tener acceso a estas áreas, y a la par, tener tarimas para evitar que las cajas contenedoras se coloquen directamente en el piso, junto con anaqueles y extintores de polvo químico ABC de 6 o 9 kg.

A su vez, se realizará la verificación del acondicionamiento y equipamiento de las bodegas de resguardo de documentación electoral, en las instalaciones de las Juntas Distritales y Municipales Electorales y Depósito de Material Electoral en las instalaciones de las Juntas Municipales Electorales.

Por último, se definen las responsabilidades sobre quién deberá realizar el levantamiento de información y se define el cronograma de actividades.

Con lo anterior, se logran establecer las características, condiciones, parámetros y etapas necesarias para el acondicionamiento y equipamiento de las Bodegas de Resguardo y Depósito que se habilitarán en las Juntas Distritales y Municipales, conforme a lo establecido a la normatividad.

Staff Redacción

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