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Hasta 6 y 9 años de prisión para quien maltrate animales

Legisladores aprobaron por unanimidad endurecer penas a quienes incurran en maltrato de mascotas

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Hasta 6 y 9 años de prisión para quien maltrate animales



30 de julio de 2021

El Congreso Local aprobó por unanimidad de votos esta tarde, una iniciativa de ley que endurece las penas al maltrato animal extremo, con sanciones de prisión que pueden llegar hasta los nueve años cuando los actos crueles contra las mascotas sean videograbados, fotografiados y difundidos, sean de carácter de abuso sexual o deriven en su muerte violenta.

Tras la muerte de “silver”, el perro criollo que fue asesinado a palos y apuñalado por sus dueños en el municipio de Tlalnepantla, los legisladores aceleraron el análisis, dictamen y aprobación del proyecto, cuya presentación por parte de una diputada de Morena, prácticamente coincidió con la difusión del video tomado por vecinos, en el momento en que la mascota era ultimada cruelmente.

La reforma diseñada por la diputada Elizabeth Millán García y aprobada esta tarde, sancionará con 2 a 4 años de prisión el maltrato animal, y aumentará a seis años cuando se realice con intención de fotografiar, videograbar y difundir, y a nueve años cuando lo realicen servidores públicos.

De esta manera se reformó la Ley Orgánica Municipal y el Código Penal del Estado de México, para que de forma paralela al endurecimiento de los castigos por maltratar mascotas, se obligue a los ayuntamientos a constituir consejos o unidades municipales de protección y bienestar animal.

Sin embargo estas dependencias podrán modificar si lo deciden la penalidad en el delito de maltrato animal.

Durante la lectura del dictamen, la legisladora alertó que la violencia animal “predispone la violencia social”.

También recordó que previamente el año pasado, la actual legislatura modificó la constitución para dar un reconocimiento a los animales como “seres sintientes”, lo que constituyó el primer paso para las modificaciones que este jueves se aprobaron.

Para lograrlo se modificaron los artículos 235 Bis y 235 Ter, del Código Penal del Estado de México, para imponer pena de 2 a 4 años de prisión, y de 150 a 300 días multa, a quien cause lesiones dolosas a cualquier animal que no constituya plaga, con el propósito o no de causarle la muerte.

Asimismo “a quien realice actos eróticos sexuales a un animal o le introduzca por vía vaginal o rectal el miembro viril, cualquier parte del cuerpo, objeto o instrumento, se le impondrán de 2 a 4 años de prisión, y de 50 a 150 días multa. Sin embargo, la pena se incrementará hasta en una mitad cuando el maltrato animal sea fotografiado, videograbado y/o difundido”, señala el dictamen aprobado.

Tere Montaño

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