18 de octubre del 2023
La Cámara de Diputados aprobó, en lo general, por 259 votos a favor, 205 en contra y una abstención, el dictamen que adiciona un segundo párrafo al artículo 224 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Contractuales y disposiciones aplicables, salvaguardado los derechos que correspondan.
VOTACIÓN EN LO GENERAL
Además, los recursos remanentes, así como los productos y aprovechamientos derivados de los mismos, independientemente del ejercicio fiscal en que se hayan originado y que formen parte de los instrumentos jurídicos que por razón del presente decreto se extinguen o terminen, deberán enterarse en términos del artículo 12 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria a las unidades administrativas con funciones de tesorería en los órganos que conforman al Poder Judicial de la Federación al término del plazo señalado en el artículo Segundo Transitorio del presente decreto.
Para lo particular, la Mesa Directiva informó que se presentaron propuestas de modificación al proemio y metodología del dictamen, a la denominación del artículo único del proyecto de decreto, al artículo 224, así como a los artículos transitorios primero, segundo, tercero y cuarto del proyecto de decreto.
No crear ni mantener fondos o fideicomisos adicionales
En la fundamentación, el presidente de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, diputado Erasmo González Robledo (Morena), expresó que el objetivo del dictamen es contribuir al fortalecimiento de la transparencia, eficiencia y austeridad en la gestión de recursos públicos en todos los niveles y sectores del Estado mexicano.
Dip. Erasmo González Robledo
Se propone, dijo, que dentro del Poder Judicial no puedan crearse ni mantenerse fondos o fideicomisos adicionales a los contemplados por su propia ley, como es el caso del Fondo para la Administración de Justicia.
Con la finalidad de preservar la seguridad jurídica, expuso que el régimen transitorio determina que las obligaciones derivadas de los instrumentos jurídicos por razón del decreto se extinguen o terminan, sean atendidos con los recursos propios de los fideicomisos, de conformidad con las obligaciones contractuales y disposiciones aplicables.
“De tal forma que los recursos de los fideicomisos no se reintegrarían en automático a la Tesorería de la Federación, sino que deberán ser aplicados para cumplir todas las obligaciones contractuales y disposiciones aplicables, salvaguardando los derechos que correspondan”, añadió.
González Robledo resaltó que únicamente los recursos remanentes serían reintegrados a las tesorerías correspondientes de los propios órganos del Poder Judicial y, posteriormente, a la Tesorería de la Federación. Para tal efecto, el Consejo de la Judicatura Federal, la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Tribunal Electoral deberán realizar una cuidadosa revisión de las obligaciones derivadas precisamente de estos instrumentos financieros y garantizar su cumplimiento.
Con el dictamen, aseguró, no se afectará la independencia judicial, elemento fundamental de un Estado constitucional de derecho, que siempre debe ser protegido. En lugar de ello aborda específicamente la necesidad de optimizar la gestión de los recursos públicos de manera más eficiente, transparente y regulada.
La reforma es legal, falso que sea ilegal
El diputado Moisés Ignacio Mier Velazco, coordinador del grupo parlamentario de Morena, sostuvo que esta reforma, que adiciona un segundo párrafo al artículo 224 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, “es legal, falso que sea ilegal; es pertinente y, sobre todo, es necesaria. Está apegada a la división de poderes, nadie le niega el control constitucional a la Suprema Corte”.
Dip. Moisés Ignacio Mier Velazco
Indicó que es respetuosa de los derechos de los trabajadores del Poder Judicial y ninguno de los 14 fideicomisos tiene en sus componentes establecidos en los contratos con la fiduciaria el beneficio a ninguno de los 55 mil 800 trabajadores. Resaltó que 10 mil millones de pesos están destinados como compensación a prestaciones y a jubilaciones. “No vamos a permitir que nos nieguen el control presupuestal que nos establece la Constitución”.
Atenta contra uno de los tres poderes
Por el PAN, el diputado Oscar de Jesús Almaraz Smer precisó que el dictamen debilita la democracia y atenta contra uno de los tres poderes que comprometen el Estado; es inconstitucional y carece de fundamentación normativa suficiente para ejercer de manera efectiva los artículos 14 y 16 de la Carta Magna, “porque un acto legislativo no puede extinguir un negocio jurídico bancario legalmente constituido como son los fideicomisos creados para un fin específico”.