22 de marzo del 2024
El 5 de mayo del 2011, Marcela Balderas Rodríguez acordó verse con su hijo Cosme Humberto Alarcón Balderas, de 16 años, en las afueras de la tienda comercial City Club de la ciudad de Torreón, Coahuila, a las 10 de la noche, lugar donde Cosme trabajaba como “cerillito” [1]. Sin embargo, Cosme nunca llegó al punto de reunión, y ahí inició su búsqueda.
Al día siguiente, Marcela se dirigió a la Unidad de Delitos Contra la Salud y la Vida, así como a la Unidad de Investigación y Litigación de Personas Desaparecidas Región Laguna de la Fiscalía General del Estado de Coahuila (FGECZ). Pese a que ambas unidades sostenían comunicación en todo momento, afirmaron no tener registro de algún cuerpo con las características de Cosme. Ella también acudió durante varios días al Servicio Médico Forense (SEMEFO) que en aquellos años compartía instalaciones con la Facultad de Medicina de la Universidad Autónoma de Coahuila, lugar donde en reiteradas ocasiones le negaron la entrada y señalaron no tener información de cuerpos con las mismas características que las de su hijo.
Marcela decidió integrarse al colectivo Fuerzas Unidas por Nuestros Desaparecidos Coahuila y México (FUUNDEC-M), cuyas integrantes, acompañadas por el Centro para los Derechos Humanos Fray Juan de Larios, comenzaron a exigir búsqueda inmediata de todos y todas al Gobernador del Estado mediante mesas de interlocución y revisión de casos donde el Ministerio Público responsable de la investigación, señalaba los supuestos avances.
Desafortunadamente, en el caso de Cosme, los diversos agentes de la Fiscalía de Personas Desaparecidas que estuvieron a cargo del mismo, hicieron un trabajo sumamente deficiente, sosteniendo una línea de investigación en la que aseguraban que Cosme se había ido de su hogar de manera voluntaria. A su vez, señalaban a Marcela como “una mala madre” y responsable de la ausencia de Cosme.
Pero, ¿cómo se atrevían a llamar mala madre a una mujer que busca sin descanso a su hijo? La realidad es que responsabilizar a las familias por las deficiencias en las investigaciones ha sido una constante en el actuar de las autoridades durante años. No obstante, éste, al igual que muchos otros casos que datan del 2006 al 2013, se relacionan con la toma territorial de Coahuila por parte de “los Zetas”, uno de los cárteles criminales más violentos en la historia del país que actuaron con la permisividad de los servidores públicos del Estado[2].
Las tres desapariciones de Cosme
En el caso de Cosme la desaparición no ocurrió sólo aquella noche del 5 de mayo del 2011. El Estado nos demostró que en Coahuila una persona puede desaparecer hasta tres veces: la noche en que Marcela inició la búsqueda, cuando el cuerpo fue inhumado por las autoridades el 10 de mayo del 2011, y el día que le notificaron a Marcela que el cuerpo no se encontraba donde las autoridades lo habían inhumado.
El 2 de agosto del 2016, en revisión del caso, Marcela insistió en que se investigara el levantamiento de cadáver de una noticia publicada por el periódico El Siglo de Torreón [3], donde se expresaba que el 5 de mayo del 2011 la FGECZ había recuperado un cuerpo que coincidía con las características físicas de su hijo Cosme. No obstante, durante dos años, dicha fiscalía señaló que la Averiguación Previa derivada de estos hechos se encontraba “extraviada”. Hasta el 14 de julio de 2018 señaló que la habían encontrado [3]. Al tener el expediente en sus manos, Marcela solicitó se le mostrarán las fotografías del levantamiento, concluyendo que aquel cuerpo correspondía al de su hijo Cosme.
“Me habrían evitado tanto dolor”, son las palabras que Marcela constantemente dice ante las autoridades incompetentes que no le informaron sobre la recuperación del cuerpo de su hijo desde que puso la denuncia.
A pesar de que habían transcurrido siete años, el expediente estaba integrado por un total de 32 fojas, donde no existían actos de investigación, y donde quedaba de manifiesto que ni las evidencias ni el cuerpo contaban con un registro de cadena de custodia. Lo más preocupante es que las constancias advertían que el 10 de mayo de aquel 2011, el cuerpo había sido inhumado en la fosa común del Panteón Municipal Número II, es decir, 10 días antes del plazo señalado por la Ley de Procuración de Justicia para el Estado de Coahuila y que además había sido trasladado por una funeraria particular.
Dicha situación motivó a que Marcela, junto con sus acompañantes, insistieran en realizar cuatro exhumaciones en las fosas comunes de dicho panteón, mismas que se llevaron a cabo durante el 28 y 29 de noviembre del 2018. No obstante, el método y la gran cantidad de inhumaciones que habían sido realizadas en el panteón, implicó que se propusiera un nuevo modelo de exhumaciones con enfoque masivo.
De esta manera es que se trabajó el proyecto del Centro Regional de Identificación Humana (CRIH), en el marco del cual se realizó la primera exhumación con enfoque masivo en el Panteón Municipal Número II, el 8 de marzo del 2021. Sin embargo, tras una recuperación y análisis de todos los restos, se concluyó que el cuerpo no se encontraba ahí. Las hipótesis de localización no llevaron a ubicar el paradero de Cosme, quien hasta la fecha continúa desaparecido.
La negativa de la Fiscalía para reparar el daño
Es claro que la serie de actos revictimizantes, la ausencia de una investigación efectiva y la no localización del cuerpo, han generado una serie de daños en la familia, principalmente en Marcela, por lo que el 13 de octubre del 2023 se presentó ante la Dirección de Contraloría y Visitaduría de la FGECZ, la Primera Demanda de Responsabilidad Patrimonial del Estado derivada de la actividad irregular de la propia Fiscalía y relacionada con el tema de desaparición de Cosme.
En dicha demanda se plantean las violaciones al derecho a ser buscado, a una investigación efectiva y a no recibir un trato cruel, inhumano o degradante desde un enfoque de justicia restaurativa y perspectiva de género. Además, tiene como finalidad recibir una reparación integral del daño que abarca la creación de un espacio memorial hacia Cosme, el impulso de la nueva Ley Orgánica de la Fiscalía [4] que han trabajado los colectivos de familias buscadoras, el seguimiento a los tratamientos de salud emocional y física, así como una compensación económica por las pérdidas que han implicado los años de búsqueda.
La FGECZ desechó el recurso el 20 de octubre del mismo año, argumentando que no existía una unidad para resolver este proceso, pese a que la Ley de Responsabilidad Patrimonial del Estado y municipios de Coahuila de Zaragoza, publicada el 1 de marzo del 2019, señala que las autoridades deben generar las condiciones necesarias para sustanciar en un plazo no mayor a 30 días hábiles posteriores a su publicación [5].
Derivado de esto, se demandó a la FGECZ en un juicio contencioso administrativo, ante el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado. Esta instancia desechó la demanda al declararse no competente y considerar que el daño había cesado en el año 2011. Además, concluyó que no era el recurso adecuado para interponer la demanda e ignoró que una de las alegaciones que se hacían en el escrito, era la afectación generada a Marcela por la actual pérdida del cuerpo.
De la misma manera se interpuso el amparo indirecto [6] ante el Poder Judicial de la Federación, del cual se dictó sentencia en primera instancia el 26 de febrero del 2024 donde se determinaba que la resolución de la FGECZ debía dejarse sin efectos y dictar otra que admitiera la demanda, pues de lo contrario, se estaría negando el derecho de acceso a la justicia contemplado en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La FGECZ, no conforme con dicha resolución, interpuso un recurso de revisión en el que expresa su inconformidad, por lo que ahora se espera la resolución de esta segunda instancia.
Reflexión final
Es común que las distintas instituciones que enfrentan un proceso que implica la reparación del daño, nieguen o limiten este derecho, lo cual se traduce en que las personas que han sido victimizadas, no puedan acceder a la justicia. Con la resolución de la FGECZ, el mensaje es claro hacia quienes buscan un familiar desaparecido y con ello una reparación integral: no podrán obtenerla, no recibirán justicia y tendrán que pelearla.
El caso de Cosme no es un caso aislado, sino que es un reflejo de prácticas sistemáticas que han conducido a la enorme crisis de desaparición en el país y el sometimiento de las familias a un sistema maquiavélico que genera una enorme deuda con las familias que buscan el regreso digno a casa de sus seres queridos desaparecidos. Esta crisis habla de la necesidad de plantear modelos empáticos, humanos y dignos donde los y las usuarias de la procuración de justicia puedan recibir un trato justo que respete sus derechos y el de sus familiares. Pero sobre todo, apunta a la urgencia de acciones por parte del Estado para frenar la gran oleada de violencia que tiene sometido al país.
REFERENCIAS
[1] Expresión usada en México para referirse a adolescentes empacadores en las cajas de los centros comerciales.
[2] https://law.utexas.edu/wp-content/uploads/sites/11/2017/11/2017-HRC-coahuilareport-ES.pdf
[3] La Averiguación Previa que contendría contendría la información del cuerpo que Marcela solicitó se investigara tenía el número LI-H3-098/2011.
[3]https://www.elsiglodetorreon.com.mx/noticia/2011/encuentran-cadaver-con-impactos-de-bala-en-la-cabeza.htm
[4] El proyecto de la ley orgánica plantea un modelo de investigación por fenómeno criminal que le permitiría a las familias solicitar la creación de fiscalías especializadas para casos que atienden a un temporalidad, contexto, patrones y modus operandi en común entre los casos.
[5] https://www.congresocoahuila.gob.mx/transparencia/03/Leyes_Coahuila/coa265.pdf
[6] Amparo directo número 1307/2023.